09-06-2008 Video Conferencia: Los Negocios Internacionales con Catalunya
Los invitamos a participar de la Video conferencia, a realizarse el 10 de Junio del 2008. Lugar: USAL – Facultad de Ciencias Económicas, Marcelo T. de Alvear 1337 – Capital Federal, Salón San Francisco de Asís. Regístrese haciendo click aquí
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Les informamos que se encuentra publicada una nueva versión de la DDJJ para la afectación de anticipos y prefinanciaciones de exportación. La misma se encuentra en: comercio exterior/ formularios/ otros formularios/ Anexo 1: carta modelo para aplicación de anticipos y/o prefinanciaciones del exterior.
13-05-2008 Nota Externa Nro 25/2008 AFIP – DGA Exportación. Declaración Aduana. Incorporación al SIM, del dato “Comprador / Destinatario en el Exterior”.
Haga click aquí para acceder a la norma.
SubirInformamos que por medio de la Com. A4790 punto 2.4. se da a conocer la nómina de las sociedades inscriptas en el registro habilitado por el Banco Central de la República Argentina.
- Fitch Ratings Ltd.
- Moody´s Investors Service.
- Standard & Poor´s Internacional Ratings Ltd.
- Evaluadora Latinoamericana S.A. Calificadora de Riesgo. (nueva incorporada)
- Fitch Argentina Calificadora de Riesgo S.A. (nueva incorporada)
14-03-2008 Comunicación A4785
Dicha norma trata de los nuevos endeudamientos externos destinados a la financiación de actividades de empresas locales de contratos de concesiones públicas. Al menos el 50% debe ser destinado a la financiación de obras de infraestructura en servicios públicos previstos en el contrato.
Se da acceso a los fideicomiso en nombre de la empresa local debiendo actuar estos por cuenta y utilizando el CUIT de dicha empresa.
Los retiros de la cuenta especial para pagos de proyecto, no se considerarán a los efectos del límite establecido en el punto 1.b de la Com. 4377 (Los ingresos en el mercado local de cambios por ventas de activos externos de residentes del sector privado, por el excedente que supere el equivalente de dólares estadounidenses 2.000.000 por mes calendario, en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios)
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Reemplaza el texto de la Comunicación "A" 4728 por el siguiente:
Las entidades autorizadas a operar en cambios sólo pueden dar curso a operaciones de cambio por ventas de divisas a residentes para la constitución de inversiones de portafolio en el exterior, en la medida que la transferencia de las divisas tenga como destino una cuenta (no subcuenta) a nombre del cliente que realiza la operación de cambio, abierta en:
bancos del exterior constituidos en países de la OECD cuya deuda soberana cuente con una calificación internacional no inferior a "BBB", o que consoliden balance en el país con una entidad bancaria local, o en
bancos del exterior del país de residencia permanente de personas físicas que cuentan con autorización para su permanencia en el país como "residentes temporarios" en los términos establecidos en el artículo 23 de la Ley de Migraciones N° 25.871, o en
en instituciones financieras que realicen habitualmente actividades de banca de inversión y que estén constituidas en países de la OECD cuya deuda soberana cuente con una calificación internacional no inferior a "BBB".
La identificación de la entidad del exterior donde está constituida la cuenta y el Nº de cuenta del cliente, deben quedar registrados en el boleto de cambio correspondiente.
Por compras de transferencias de divisas diarias para la constitución de inversiones de portafolio en el exterior mayores al equivalente de US$ 10.000 en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios, la venta debe efectuarse con débito a una cuenta bancaria a la vista a nombre del cliente, o con transferencia vía MEP a favor de la entidad interviniente de los fondos desde cuentas bancarias a la vista del cliente, o con pago con cheque de la cuenta propia del cliente.
2. Derogar el punto 2. de la Comunicación "A" 4603 del 11.12.06 y el punto 4 de la Comunicación "A" 4377 del 29.06.05.
Adjuntamos lista de países de la OECD, Com. A 4786, Com. A4717, Com. A4728
SubirEl 28/01/08, el BCRA incorporó nuevos conceptos dentro de la nómina de compras y ventas de cambio, los códigos “444” y “844” respectivamente “Operaciones de Caja de Valores por servicios de títulos valores en custodia R.D Nº 307/05”. Comunicación A4768
SubirMediante la presente se prorroga la entrada en vigencia Comunicación A4745 donde el BCRA dispone que las entidades autorizadas para operar en cambios deben exhibir en un lugar visible para clientes los tipos de cambio minoristas (netos de todo gasto o comisión) aplicables a las compras y a las ventas de billetes de monedas extranjeras y cheques de viajero de por lo menos las siguientes monedas (toda vez que operen con ellas): dólares estadounidenses, euros, libras esterlinas, francos suizos, y monedas de países limítrofes (peso uruguayo, real, guaraní, boliviano y peso chileno). Comunicación A4760
SubirPor medio de la presente se analiza la viabilidad de aplicación de divisas del cobro de exportaciones de bienes al pago de servicios de capital e intereses de nuevas deudas financieras con el fin de facilitar la financiación de proyectos de inversión orientados a aumentar las exportaciones. Comunicación A4761
SubirReordenamiento y nuevas disposiciones sobre la aplicación del depósito no remunerado establecido en la Comunicación A4359, respecto a los ingresos de fondos del exterior en concepto de inversiones directas y por los préstamos financieros incluidos en el punto 2.c. de la Comunicación A4377
Subir17-01-2008 Comunicación A4764
Por medio de la presente el BCRA reordena las normas para la formación de activos en el exterior de residentes en el país con afectación a un destino específico, incorporando nuevas disposiciones. Comunicación A4764
Subir31-12-2007 Resolución 18/2007
REGIMEN DE IMPORTACION DE LINEAS DE PRODUCCION USADAS
Prorrógase la vigencia del mencionado Régimen, establecido por la Resolución Nº 511/2000 del ex Ministerio de Economía, hasta el 31 de diciembre de 2008. Consulte la resolución haciendo click aquí
Subir20-12-2007 Comunicación 4749
Reemplaza el punto 2 de la comunicación 4443.
Las cancelaciones de los nuevos anticipos de clientes y prefinanciaciones de exportaciones deben ser de cobros de exportaciones con fecha de cumplido de embarque de aduana dentro de los siguientes plazos;
90 días corridos, cuando se trate de exportaciones de bienes de acuerdo a la clasificación establecida en la Resolución Nº120/2003 de la Secretaria de Industria, Comercio y Mineria, fijado un plazo de ingreso y liquidación mayor a los 60 días corridos.
365 días corridos, en los casos de exportaciones de bienes comprendidos en el anexo de la presente.
Establece el plazo de 540 días para embarcar los bienes de capital e incorpora la posibilidad de pedir autorización al BCRA para embarcar en un plazo mayor si la tipicidad del producto del bien a exportar así lo requiriera.
180 días corridos, para el resto de los bienes.
Se otorga plazo adicional de 30 a 60 días que las entidades financieras a cargo del seguimiento de las operaciones pueden otorgar a los exportadores para embarcar, cuando la demora corresponda a causales ajenas a la voluntad del exportador. Si además de ese plazo fuera necesaria otra ampliación, puede solicitarse al BCRA antes del vencimiento del plazo del embarque.
SubirSe encuentra publicada en la página del banco una ayuda referida a como completar los formularios de Transferencias y Órdenes de Pago.
Los mismos se encuentran en:
Órdenes de pago
Formularios / Requisitos para Órdenes de Pago / Cómo completar el formulario de Solicitud de Órdenes de Pago.
Transferencias
Formularios / Requisitos para Transferencias / Cómo completar el formulario de Solicitud de Transferencias.
17-12-2007 Comunicado Nº 2/2007 (DGA)
Mediante el Comunicado Nº 2/2007 (DGA) a partir del 02 de enero del 2008, se harán obligatorios los pagos de deudas de exportación con plazo de espera a través del volante electrónico de pago (VEP), dispuesto por la RES 2161 AFIP.
SubirLa Cámara de Comercio Argentino-Chilena va a llevar a cabo un desayuno de Trabajo sobre “Síntesis normativa de regulaciones cambiarias vigentes sobre los cobros y pagos al exterior y Demostración del producto Comex On-Line” a realizarse el Miércoles 21 de noviembre de 2007 a las 8.30 horas en la Sede de la Cámara de Comercio Argentino-Chilena - Rivadavia 926 8º Piso Oficina 801 – Capital Federal. Confirmar vacante a los teléfonos: 4343-5022 / 4331-2483 (CACH).
SubirAcceda aquí a la Comunicación 4728
SubirPodrán ser ingresados bajo conceptos Rentas de ingreso no obligatorio, remuneraciones, cuotas alimentarias, jubilaciones y pensiones y sentencias judiciales, abonados por no residentes siempre que la retransferencia de fondos a la cuenta del corresponsal de la entidad local, se hubiera concretado en un período no posterior a los 10 días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de acreditación de los fondos en la cuenta del exterior del residente.
Podrán ser ingresados bajo tales conceptos siempre que la retransferencia de fondos a la cuenta del corresponsal de la entidad local, se hubiera concretado en un período no posterior a los 10 días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de acreditación de los fondos en la cuenta del exterior del residente.
Repatriación de inversión de residentes: El residente podrá ingresar bajo este concepto:
remesas de fondos de su propiedad y/o
cobros de deudas de no residentes a favor del beneficiario local,
y/o a la venta de activos externos del cliente que realiza la operación de cambio.
Requisitos según el tipo de transacción:
1 - Remesas desde cuentas o subcuentas bancarias del exterior o desde cuentas abiertas en instituciones financieras consideradas bancos de inversión constituidas en países de la OECD cuya deuda soberana cuente con una calificación internacional no inferior a “BBB”, a nombre del residente:
Coincidencia del ordenante y el beneficiario de la transferencia
Los fondos en la cuenta en el exterior deben haber permanecido al menos 10 días hábiles previos a la fecha de concertación de la operación de cambio.
La identificación del nombre de la cuenta, número de cuenta y banco del exterior, deben quedar registrados en el boleto de cambio.
Excepciones al plazo de permanencia mínimo:
a. Disponibilidades constituidas por transferencias del cliente desde el mercado local de cambios. En estos casos, se deberá contar con declaración jurada del cliente sobre el origen de los fondos y copia del boleto de cambio por el cual se realizó la transferencia a la cuenta bancaria en el exterior a nombre del cliente. En el boleto de compra de las divisas, se deberá dejar constancia de la fecha, entidad, número de boleto y monto transferido.
b. Cobro de deudas, ventas de activos de inversión directa, venta de otros activos externos del cliente, y cobros de rentas por tenencias de activos externos, que cumplan con las condiciones establecidas en los puntos siguientes para los ingresos por esos conceptos.
c. Cobros en el exterior de remuneraciones, cuotas alimentarias y los derivados de sentencias judiciales, abonados por residentes.
d. Ventas en el mercado local de cambios de activos externos del cliente que no superan el equivalente de U$S 40.000 mensuales en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios.
2 - Cobros de deudas financieras de no residentes con residentes:
Origen de la acreencia de la persona física o jurídica residente, no inferior a los 30 días corridos de la fecha de concertación de la operación de cambio. El tipo de documentación a solicitar será aquella que sirva para demostrar la genuinidad del crédito que se cancela.
3 - Ingresos por ventas o liquidación de inversiones directas
Constancia de la fecha de constitución de los activos en el exterior y origen de los fondos aplicados a la compra.
Documentación que demuestre la venta de dichos activos que da origen a la transferencia recibida del exterior.
4 - Ingresos por transferencias de fondos desde cuentas en efectivo del cliente en otros intermediarios financieros del exterior no bancarios:
Deberá presentar el extracto de la cuenta del cliente en el intermediario del exterior,
Demostrar que los fondos en efectivo que se transfieren tuvieron su origen en la venta, recupero o cobro de servicios de inversiones en activos externos,
Permanencia de los activos externos en el patrimonio del cliente no fue menor a los 10 días corridos previos a la fecha de disposición de los fondos en la cuenta en efectivo en el intermediario del exterior.
Demostrar el origen de los fondos con los cuales se adquirieron los activos externos.
Cuando corresponda, se deberá solicitar documentación que demuestre la venta con liquidación en moneda extranjera de dichos activos externos.
5 - Otros Ingresos de inversiones de portafolio en activos externos:
Constancia de que la liquidación de compra o transferencia patrimonial cuando así corresponda,
Permanencia de los activos externos en el patrimonio del cliente, no es menor a los 10 días corridos previos a la fecha de recepción de los fondos en la cuenta de corresponsalía de la entidad local.
Demostración del origen de los fondos de los activos externos.
Cuando corresponda, documentación que demuestre la venta con liquidación en moneda extranjera de dichos activos, que da origen a la transferencia recibida del exterior.
6 - Ingresos por cobros de servicios de inversiones de portafolio en el exterior:
La transferencia debe provenir del agente pagador del servicio.
Contar con documentación que demuestre la tenencia patrimonial de los activos, fecha de adquisición o incorporación al patrimonio y origen de los fondos con los cuales se adquirieron dichos activos.
7 - Ingresos por servicios de valores en custodia local:
La transferencia debe provenir del agente pagador de los servicios.
Activos externos cuyo ingreso al patrimonio del cliente fuera anterior al 31 de diciembre del 2001, o que fueron adquiridos con la venta o cobro de servicios de activos en el exterior a esa fecha:
No será necesario presentar documentación sobre el origen de los fondos con los cuales se adquirió el activo externo.
“Salvo en el último caso citado la entidad interviniente deberá contar con documentación que permita corroborar que el activo externo fue formado de acuerdo a la normativa cambiaria vigente en su momento con el acceso al mercado de cambios para la adquisición de fondos de libre disponibilidad o a la compra de activos externos, ingresos externos sin obligación de ingreso y liquidación en el mercado local de cambios, o por la venta de valores sin simultaneidad de operaciones de compra con liquidación en moneda local y venta contra cable, u otros orígenes acordes a la normativa legal aplicable”.
“Se deberá solicitar documentación adicional a fines de corroborar que las tenencias externas fueron incorporadas al patrimonio del cliente de acuerdo a las normas legales, y que la cuenta del cliente no está siendo usada como una cuenta puente para el ingreso al mercado local de fondos de terceros cuando la entidad interviniente lo estime necesario en función del conocimiento que la entidad tiene del cliente y su patrimonio, monto de la operación, reiteración de operaciones en el mismo mes, otros tipos de operaciones realizadas en la entidad.
Faltante de documentación:
La entidad interviniente deberá consultar al BCRA antes de ingresar la operación al MULC
El Cliente podrá optar por acceder al MULC bajo la normativa vigentes para el ingreso de fondos de no residentes de acuerdo a las disposiciones del Decreto 616/05 y normas complementarias. El concepto a utilizar será “Otros ingresos del exterior sujetos al depósito del Decreto 616/05 negociados por residentes” (código 446).
8 - Compra venta de valores:
Las operaciones de compra-venta de valores que se realicen con no residentes con liquidación en un plazo mayor a las 72 horas hábiles, deben ser consideradas a los efectos de las normas cambiarias, como operaciones de préstamos financieros, cuando se generen deudas del residente con el no residente.
Se entiende que existe deuda del residente en estas operaciones, si en el caso de compra de valores a no residentes se hubiera concretado la entrega de los valores al residente sin haberse hecho efectivo el pago de los mismos, o en los casos de venta de valores, si el residente hubiera recibido los fondos del exterior y no hubiera entregado los valores correspondientes.
25-09-2007 Comunicación ¨A¨ 4711 - ¨A¨4714 Compras de cambio – Capital
25/09/2007 Comunicación ¨A¨ 4711 - ¨A¨4714
Compras de cambio - Capital:
Código 445 - Ventas de activos externos de residentes para los destinos previstos en la Comunicación A-4711.
La presente norma que entra en vigencia a partir del 25/09/07, exceptúa del límite de u$s 2 MM establecido en el punto 1.b de la Com. A-4377 a los ingresos de "personas jurídicas" de repatriación de inversiones de residentes, bajo el nuevo concepto creado por el BCRA de "ventas de activos externos de residentes para los destinos previstos en la Com. A-4711" (código 445), en la medida que sean destinados por la empresa a la adquisición de activos no financieros mencionados en las Com. C-42303, 42884, 44670 y 46394 (bienes de uso, intangibles por costo de mina, gastos de investigación, prospección y exploración, compras de derechos de explotación y/o activos intangibles); como así también a las repatriaciones de residentes por parte de "personas físicas y/o jurídicas" destinadas a aportes de capital en empresas locales, y en la medida que la empresa receptora aplique los fondos a la adquisición de los activos no financieros señalados.
Al momento del ingreso de fondos en el MULC el cliente deberá presentar una DDJJ de práctica, con el detalle de la inversión que permita determinar el destino de los fondos ingresados, la cual quedará a disposición del BCRA.
Los fondos ingresados deberán ser depositados en una cuenta bancaria a la vista separada de la operatoria normal, no remunerada, y la excepción caducará automáticamente, cuando sea modificado el destino declarado, debiéndose en ese caso, dentro de los 10 días hábiles de producido dicho hecho, constituir el depósito del 30 % del Dto. 616/2005 (Pto. 6 Com. A-4359), por el excedente del límite mensual (u$s 2 MM). Para el cálculo de este excedente, se deberá considerar el monto no aplicado al destino declarado, más el monto total acumulado en el mes calendario correspondiente al del ingreso de fondos en el MULC de la operación en cuestión.
La cuenta separada donde se acreditaron los fondos, será utilizada para la realización de los pagos para la adquisición de activos no financieros como para los aportes de capital en empresas, la atención de los gastos bancarios propios por mantenimiento de la cuenta y en su caso la constitución del depósito del 30 %.
Con respecto a los fondos ingresados por personas físicas y/o jurídicas residentes destinados a realizar nuevos aportes de capital en empresas residentes, se deberán abrir dos cuentas bancarias a la vista separadas de la operatoria normal, una a nombre de la persona física o jurídica que ingresa los fondos del exterior y otra a nombre de la empresa residente que recibe el aporte de capital, la que en definitiva deberá demostrar la aplicación de los fondos en los activos no financieros indicados anteriormente.
El seguimiento de la aplicación de fondos depositados en las cuentas a la vista separadas, será el establecido en la Com. A-4554 y complementarias, dentro del plazo de 90 días corridos a partir de la fecha de ingreso y liquidación en el MULC, el que será renovable por períodos sucesivos de 90 días corridos por los saldos no aplicados.
Con la entrada en vigencia de esta norma, los nuevos préstamos financieros de "personas jurídicas" residentes, ingresados al MULC a partir del 25/09, exceptuados del depósito del 30 % (Pto. 2.c Com. A-4377) por estar destinados a la adquisición de los activos no financieros indicados anteriormente, también deberán ser acreditados en la nueva cuenta bancaria a la vista separada de la operatoria normal, no remunerada.
Cabe aclarar que desde la cuenta a la vista separada, sólo podrá pagarse el monto correspondiente al bien adquirido, debiendo pagarse el IVA con fondos provenientes de las otras cuentas comunes.
19-09-2007 Com A 3602 – “Relevamiento de emisiones de títulos y de otras obligaciones externas del sector privado financiero y no financiero”.
Les recordamos que el día 21-09-2007 es el último día en el que serán aceptadas validaciones de deuda correspondientes al período Marzo 2007. A partir del 24-09-07 corresponderá presentar para efectuar giros al exterior los certificados de validación de deuda para el período Junio 07.
SubirCapacitación a empresas exportadoras en Salta
? El pasado jueves 27 de septiembre se realizó en Salta una nueva edición del Ciclo de Conferencias Regionales de capacitación de empresas exportadoras.
? BBVA Banco Francés fue unos de los sponsors, y participó en el programa de conferencias.
BBVA Banco Francés participó el pasado jueves 27 de septiembre, en la ciudad de Salta, de una nueva edición del Ciclo de Conferencias Regionales de capacitación de empresas exportadoras. El encuentro se llevó a cabo en el Salón Joaquín Castellanos II del Alejandro I Hotel, organizado por la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), la Unión Industrial de Salta y la Fundación Export.Ar, con el auspicio de BBVA Banco Francés.
El tema central del encuentro fue "La financiación de exportaciones: una herramienta clave para conquistar nuevos mercados externos", y el objetivo fue transmitir a las empresas de la región, en particular pymes, las últimas novedades en materia de normativas, instrumentos financieros y programas de apoyo a la exportación vigentes a nivel nacional.
El acto de apertura estuvo a cargo del presidente de ABA, Mario Vicens, y del titular de la Unión Industrial de Salta, Guillermo Jakúlica, y el gerente de Promoción de Negocio de Comercio Exterior del BBVA Banco Francés, Arnaldo Prieto, disertó sobre "Financiamiento de comercio exterior".
Otros oradores fueron el gerente principal de Comercio Exterior y Cambios del Banco Central de la República Argentina, Jorge Rodríguez; el gerente de Operaciones del Programa de Apoyo a la Reestructuración Empresarial PyME de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa de la Nación, Sergio Everlin; y el jefe del Área de Asistencia Técnica a Empresas de Fundación Export.Ar, Juan Marcos Melo.
Los Ciclos ABA de capacitación de empresas exportadoras se vienen realizando desde hace cuatro años en distintas regiones del interior, y ya han participado de los mismos más de 2.300 personas. La actividad cuenta con el auspicio del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación y de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional de la Nación.
31-7-2007 Com. A 4692, modificación de la Com. A 4662 del 11.05.2007.Repatriación de inversiones de no residentes.
Mediante Com. A 4692, el BCRA efectúa algunas aclaraciones y ampliaciones relacionadas a la “repatriación de inversión por parte de no residentes” dispuestas en la Com. A 4662.
En síntesis:
Incorpora en su punto 1.13 la posibilidad de repatriar inversiones directas en propiedades inmuebles (lo cual había sido omitido en el texto de la Com. A -4662).
Reitera que será factible repatriar inversiones directas del sector privado no financiero en empresas siempre y cuando estas no sean controlantes de entidades financieras locales.
Exceptúa en su punto 1.14 (repatriación de inversiones de portafolio) de la necesidad de contar con una certificación de una entidad financiera o cambiaria local sobre la fecha y monto de la inversión ingresada al país en aquellos casos en que los fondos resultasen de un cobro en pesos en el país de créditos con origen en deudas por importaciones cedidas por el importador a un tercero. Tener en consideración que se deberá presentar la documentación que demuestre la nacionalización de la importación. El despacho deberá ser intervenido de acuerdo a las normas que regulan la afectación de pagos de importaciones.
Se incorpora la posibilidad de repatriar “indemnizaciones decididas por tribunales locales a favor de no residentes”.
25-07-2007 EVENTO COMERCIO EXTERIOR - LA RIOJA
BBVA Banco Francés, ha realizado el último 25 de Julio junto con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de La Rioja y la Dirección General de Comercio Exterior de La Rioja, un seminario de Comercio Exterior en la sede del Consejo, en Castro Barros 1102, en la ciudad de La Rioja. Fue analizada la actualidad normativa y cambiaria sobre comercio internacional y la financiación bancaria para importadores y exportadores.
SubirEl objetivo del acuerdo es establecer una relación de cooperación entre ambas organizaciones.
Se prevé la planificación y realización de acciones conjuntas de colaboración recíproca en materia de comercio internacional.
"Las actividades a desarrollar son muchas, y todas ellas estratégicas", señaló Arnaldo Prieto, gerente de Promoción del Negocio de Comercio Exterior de Banco Francés.
El Departamento de Comercio Exterior de BBVA Banco Francés y el Centro de Despachante de Aduanas firmaron un convenio marco de cooperación en capacitación y actividades relacionadas con el comercio exterior.
El objetivo del acuerdo es establecer una relación de cooperación entre ambas organizaciones, con vistas a la planificación y realización de acciones conjuntas de colaboración recíproca en materia de comercio internacional.
El acuerdo fue firmado, por parte de BBVA Banco Francés, por Jorge Luna, director de Banca de Empresas, y Arnaldo Prieto, gerente de Promoción del Negocio de Comercio Exterior; y por parte del Centro de Despachantes de Aduana lo hicieron su presidente, Rubén Pérez, y Enrique Loizzo, miembro de la Comisión Directiva.
Servicio personalizado
El Departamento de Comercio Exterior de BBVA Banco Francés se destaca por su servicio personalizado y asesoramiento especializado y exclusivo para empresas. Y cuenta con un sistema de gestión de calidad certificado bajo norma ISO 9001:2000, brindando un servicio confiable de información y transparencia hacia sus clientes.
BBVA Banco Francés cuenta con una red de sucursales exclusiva de atención a empresas, que por su distribución geográfica le permite brindar servicios a todas las compañías de los sectores productivos más relevantes del país, y aportar respuestas inmediatas a las operaciones de exterior a través de sus especialistas.
Subir05-07-2007 REPATRIACION DE INVERSION DE RESIDENTES COM A 4687
REPATRIACION DE INVERSION DE RESIDENTES COM A 4687
SubirMediante Com. A 4687 con vigencia a partir del día de la fecha, el BCRA aclara acerca de la utilización de algunos conceptos; a saber:
RENTAS: En caso de que las mismas hubiesen sido acreditadas en una cuenta del residente en el exterior y transferidas a la cuenta del corresponsal de la entidad hasta el décimo día habil siguiente a la fecha de acreditación de los fondos en la cuenta del exterior del residente, podrán ser ingresadas como rentas.
REPATRIACIÓN DE RESIDENTES: Los residente podrán repatriar sus inversiones en el exterior siempre que provengan de:
Fondos de su propiedad
Cobro de deudas de no residentes a favor del residente
Ventas de activos externos del residente
A los efectos de demostrar fehacientemente el origen de los fondos la entidad deberá verificar:
Remesas desde cuentas o subcuentas bancarias del exterior a nombre del residente:
Coincidencia entre beneficiario y ordenante de la transferencia. La identificación del nombre de la cuenta, número de cuenta y banco del exterior, deben quedar registrados en el boleto de cambio. (Pto. 4 Com. A 4377)
Si los fondos no estuvieron en la cuenta del exterior del cliente por al menos 20 días hábiles previos a la fecha de concertación de la operación de cambio deberá presentar la documentación que avale que se trata de:
cobro de deudas
ventas de activos de inversión directa
venta de otros activos externos del cliente, y/o transferencias desde el país y/o
en el caso de corresponder a cobros de rentas por la tenencia de activos externos, contar con documentación que demuestre la tenencia patrimonial de los activos externos, fecha de adquisición o incorporación al patrimonio y origen de los fondos con los cuales se adquirieron dichos activos.
En caso de que los fondos que el residente desea repatriar esten constitiudos por transferencias efectuadas desde el MULC se deberá contar con declaración jurada del cliente sobre el origen de los fondos y copia del boleto de cambio por el cual se realizó la transferencia a la cuenta bancaria en el exterior a nombre del cliente. En el boleto de compra de las divisas, se deberá dejar constancia de la fecha, entidad, número de boleto y monto transferido.
En la misma norma se detalla como proceder dependiendo de la operación que dio origen a los fondos; a saber:
Cobros de deudas financieras de no residentes con residentes: Origen de la acreencia de la persona física o jurídica residente, que no podrá ser inferior a los 30 días corridos de la fecha de concertación de la operación de cambio. Documentación:
Contratos,
Copia de las transferencias de fondos correspondientes al otorgamiento del crédito,
Otra documentación que según sea la característica de la acreencia, sirva para demostrar la genuinidad del crédito que se cancela.
Ingresos por ventas o liquidación de inversiones directas: Constancia de la fecha de constitución de los activos en el exterior y origen de los fondos aplicados a la compra. Documentación:
La misma debe corroborar la venta de dichos activos que da origen a la transferencia recibida del exterior.
Ingresos por venta de inversiones de portafolio en activos externos: Constancia del origen de los fondos aplicados a la inversión en activos externos, cuya liquidación de compra o transferencia patrimonial cuando así corresponda, y permanencia en los activos del cliente, no podrá ser menor a los 10 días corridos previos a la fecha de recepción de los fondos en la cuenta de corresponsalía de la entidad local. Asimismo se deberá solicitar documentación que demuestre la venta con liquidación en moneda extranjera de dichos activos que da origen a la transferencia recibida del exterior.
Ingresos por cobros de servicios de inversiones de portafolio en el exterior: La transferencia debe provenir del agente pagador del servicio. Documentación:
Deberá demostrarse la tenencia patrimonial de los activos, fecha de adquisición o incorporación al patrimonio y origen de los fondos con los cuales se adquirieron dichos activos.
Ingresos por servicios de valores en custodia local: La transferencia debe provenir del agente pagador de los servicios.
No será necesario demostrar el origen de los fondos indicada mas arriba para aquellos casos en que el ingreso al patrimonio del residente fuese anterior al 31-12-2001, o bien adquiridos con la venta o cobro de servicios de activos en el exterior a esa fecha. Caso contrario se deberá verificar que la formación del activo externo fue de acuerdo a la normativa cambiaria y legal vigente en dicho momento.
En caso de no contar con la documentación:
La entidad interviniente deberá consultar al Banco Central el encuadre de la operación previamente a su ingreso por el mercado de cambios.
Por solicitud del cliente concertar la operación de cambio, considerando a los efectos de la normativa cambiaria que los fondos corresponden a ingresos de terceros al no estar suficientemente identificados como fondos propios del cliente. Se aplicarán las regulaciones vigentes para el ingreso de fondos de no residentes de acuerdo a las disposiciones del Decreto 616/05 y normas complementarias. Estos ingresos serán canalizados por el concepto “Otros ingresos del exterior sujetos al depósito del Decreto 616/05 negociados por residentes” (código 446).
Compras de valores a no residentes: En caso de que se efectúe la liquidación en un plazo mayor a las 72 horas hábiles, deben ser consideradas como operaciones de préstamos financieros a los efectos de las normas cambiarias.
05-07-2007 Comunicación A 4685
Mediante la Com. A 4685, el BCRA exceptúa a los Fondos de Jubilaciones y Pensiones reguladas por la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones de:
Límite de USD 2 MM dispuesto por la Com. A 3722 y complementarias por transferencias de fondos al exterior.
Depósito del 30% según dto. 616/05 definido en el punto 1.b de la Com. A 4377. (encaje sobre los ingresos por el excedente que supere el equivalente de USD 2 MM por mes calendario, en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios).
Solo será necesario contar con la conformidad del BCRA en aquellos casos en que el neto entre oferta y demanda de moneda extranjera de los Fondo de Jubilaciones y Pensiones a lo largo de cada mes calendario, considerando el acumulado de operaciones a fin de cada día a lo largo del mes supere los USD 20 MM.
SubirMediante Comunicación A 4684 del 29-06-07, el BCRA modifica la Com. A - 4672, incorporando en su punto f. aquellos casos de financiaciones bajo las normas de la Com. A - 4420. (financiación de proyectos de inversión que aumenten la capacidad exportadora o en obras de infraestructura que posibiliten mayores exportaciones). Luego, la norma detalla en su punto g las entidades que pueden otorgar prefinanciaciones de exportación.
SubirMediante Comunicación C48411, complementaria de la Comunicación C36210, el BCRA aclara el tratamiento para los pagos de importaciones (anticipados vista o diferidos) de material bélico cuyas destinaciones se documentaran a través de una solicitud particular.
Subir22-06-2007 BBVA Banco Francés participará en Expo Comex 2007
Banco Francés participará en Expo Comex 2007
Expo Comex 2007, el principal encuentro del comercio exterior, se realizará en octubre, en Costa Salguero.
Banco Francés será sponsor del Encuentro Comex, y ofrecerá videoconferencias sobre temas de comercio exterior.
También organizará una jornada, junto a la Universidad de El Salvador, en la que disertarán distintos economistas.
Se esperan unos 18 mil visitantes.
Arlando Prieto, de Banco Francés, Manuel Ibañez, de ACACE, y Tomás Wagener, de Expotrade, durante la presentación de Expo Comex 2007.
ExpoComex 2007, el evento más importante del comercio exterior en la Argentina, tendrá lugar en Costa Salguero del 9 al 11 de octubre próximos. Se esperan cerca de 350 expositores, casi 30% más que en la edición del año pasado, y más de 40 representantes comerciales del exterior.
También se aguarda la realización de unos 5.000 contactos de negocios entre empresarios argentinos y representaciones diplomáticas y comerciales extranjeras en el Encuentro Comex, uno de los pilares de la exposición, que será nuevamente sponsoreado por BBVA Banco Francés.
"Cinco mil contactos de negocios es una cifra impactante, que nos da una idea acabada de la importancia del Encuentro Comex para el comercio internacional de la Argentina", afirmó Manuel Ibañez, coordinador general de la Asociación de Consejeros y Agregados Comerciales y Económicos (ACACE), organizadora del encuentro junto con Expotrade S.A., durante la presentación del evento, ante unas 50 representaciones extranjeras.
"El Encuentro Comex ha demostrado ser una herramienta invalorable, un instrumento que ponemos a disposición de las representaciones extranjeras y las empresas locales, sin costo alguno, para ayudar a generar nuevos y buenos negocios", afirmó a su turno Tomás Wagener, director de Expotrade.
Por su parte Arlando Prieto, en nombre de Banco Francés, manifestó que "este año en el Encuentro Comex vamos a hacer videoconferencias sobre temas puntuales, para sectores como el alimenticio o de la carne, para enriquecer a los visitantes con soluciones específicas para cada sector".
El Encuentro Comex fue definido por los organizadores como "un espacio para que el visitante se reúna con los representantes de las oficinas comerciales de las embajadas extranjeras en la Argentina y las cámaras de comercio bilaterales, con el objetivo de generar oportunidades de negocios, dar y recibir información, y expandir los horizontes comerciales y de intercambio".
Se trata de un recinto dentro de la exposición internacional donde las empresas argentinas, en un 95 por ciento pymes, encuentran asesoramiento sobre cómo colocar sus productos en el exterior, qué trámites y requisitos son necesarios, y dónde y de qué manera comprar productos, en muchos casos bienes de capital destinados a la pequeña indutria local.
En crecimiento
Se prevé que este año la exposición ocupe 23 mil m2, lo que implica un crecimiento importante frente a la edición 2006. Sin embargo, el mayor incremento se dará en los expositores: hubo 273 empresas con stand propio en 2006, y se espera que este año sean 350, lo que representa un aumento de casi 30%.
Además, las proyecciones indican que más de 18 mil personas podrían pasar por la edición 2007, cifra levemente superior a los 16.700 que visitaron la feria el año pasado.
Por otra parte, se espera una buena participación de profesionales del exterior. En 2006 participaron con oficinas de asesoramiento más de 40 países, que concretaron 4.920 contactos de negocios con firmas locales.
La nueva edición de Expo Comex (5ta. de su historial) incluirá también la 39na. Reunión Anual del FONASBA (Federación Internacional de Brokers y Agentes), la 3ra. Jornada de Profesionales Aduaneros, y el "XVII Seminario de Puertos, vías navegables, transporte multimodal y comercio exterior".
Subir20-06-2007 Recordatorio Vencimiento Comunicación A 3602 – “Relevamiento de emisiones de títulos y de otras obligaciones externas del sector privado financiero y no financiero”
Les recordamos que el día 25-06-07 es el último día en el que serán aceptadas validaciones de deuda correspondientes al período Diciembre 06. A partir del 26-06-07 corresponderá presentar para efectuar giros al exterior los certificados de validación de deuda para el período Marzo 06.
SubirEn el marco del Convenio de Cooperación del BBVA Banco Francés y la Universidad del Salvador fue realizado el día 7 de Junio un evento en el que inauguramos un ciclo de videoconferencias sectoriales en el Auditorio San Francisco de Asís para la industria de la carne Vacuna, Avícola y Porcina.
El alcance del temario fue: “Actualidad y perspectiva Internacional sobre la Industria de la carne vacuna, avícola y porcina” y los disertantes fueron:
Carnes Vacunas: Marcelo Fielder (Sociedad Rural Argentina)
Carnes de Aves: Roberto Domenech (Cámara Empresarial de la Producción Avícola)
Carne Porcina: Daniel Fenoglio (Director de PACUCA)
Fueron realizadas dos videoconferencias con destacados profesionales, que expusieron sobre las perspectivas internacionales relacionadas a la actividad y se respondieron preguntas a los asistentes al evento.
Desde Bruselas Videoconferencia con Gustavo Idígoras, Consejero Agrícola Argentino
Desde Uruguay Videoconferencia con Roberto Vázquez Platero, ex Presidente de INAC
El Coordinador del evento fue el Dr. Alberto de las Carreras, quién además realizó en éste acto, la donación de ejemplares de su último libro a la biblioteca de la Universidad.
Los disertantes estuvieron impecables, el evento se realizó en un marco óptimo en cuanto a la calidad del mismo, donde contamos con la asistencia de gerentes financieros y empresarios del rubro, quienes nos comunicaron su satisfacción por el nivel del evento y los temas que se debatieron.
Subir28-05-2007 BBVA Banco Francés pone a su disposición un nuevo producto que se suma a nuestro menú de coberturas de riesgo: “Carta de Crédito + Cobertura de Tipo de Cambio”
Sume seguridad a sus operaciones de importación y exportación. Amplíe la información sobre este nuevo producto haciendo click aquí
Subir28-05-2007 Banco Francés y la Universidad del Salvador firman convenio de cooperación en comercio exterior
BBVA Banco Francés y la Universidad del Salvador firmaron un convenio de cooperación en tareas de capacitación y actividades relacionadas con el comercio exterior. El objetivo es establecer una relación de cooperación entre las instituciones, con vistas a la planificación y realización de acciones conjuntas de colaboración recíproca y concreción de actividades científicas, culturales y académicas vinculadas con el comercio internacional.
Por parte de BBVA Banco Francés firmaron el convenio el director de Banca de Empresas, Jorge Luna, y el gerente de Promoción del Negocio de Comercio Exterior, Arnaldo Prieto. Por su parte, por la Universidad del Salvador lo hicieron el rector, doctor Juan Tobías, y el decano de Ciencias Económicas, doctor Sergio García.
Especialización
El Departamento de Comercio Exterior de BBVA Banco Francés se destaca por su servicio personalizado y un asesoramiento especializado y exclusivo para empresas. Y cuenta con un sistema de gestión de calidad certificado bajo norma ISO 9001:2000, brindando un servicio confiable de información y transparencia hacia sus clientes.
El Banco cuenta con una red de sucursales exclusiva de atención a empresas que, por su distribución geográfica, le permite brindar servicios a todas las empresas de los sectores productivos más relevantes del país, y respuestas inmediatas a las operaciones de comercio exterior a través de sus especialistas.
Subir24-05-2007 Comunicación "A" 4672
Para conocimiento de la Comisión de Operaciones con el exterior
En virtud de conversaciones mantenidas por algunos Bancos Asociados con el Banco Central con relación a la Circular de la referencia, transcribimos lo siguiente:
a) Para el ingreso de nuevas prefis o cobros anticipados de exportaciones, adicionalmente a la DDJJ que hoy en día solicitan las entidades, se debe solicitar una certificación del o de los bancos donde el cliente tiene la Comunicación "A" 3609, la cual puede informar lo siguiente:
1- Que el cliente no tiene stock vigente al 8/09/2005.
2- Que el cliente tiene stock vigente pero el mismo se ecuentra documentado (embarcado).
3- Que el cliente tiene stock vigente, que el mismo no se encuentra embarcado pero que será cumplimentado con mercaderías cuyo embarque, de acuerdo a la Comunicación "A" 4443 tiene un plazo para embarque > a 365 días.
EN TODOS LOS CASOS EL BANCO QUE INGRESA DIVISAS POR PREFIS o COBRO ANTICIPADO, DEBE CONTAR CON CERTIFICACION DEL O DE LOS BANCOS DONDE EL CLIENTE TIENE LA 3609.
b) Para poder dar de baja de la Comunicación "A" 3609 a las operaciones que allí se encuentren, se deberá contar con:
1- Documentación respaldatoria del pago cancelatorio de la prefi (BCRA aclaró que dicha doc. queda a criterio de los bancos)
2- Documentación (contrato, etc.) que prueba la transformación de dicha prefi en el P. Financiero)
Subir23-05-2007 Com. A 4662
Mediante la Com. A - 4662, con vigencia a partir del día de la fecha inclusive se reordena la normativa vigente para el acceso al MULC por parte de no residentes incorporando nuevas normas. A saber:
Ley 24043: Establece beneficios para aquellas personas que durante el estado de sitio hubiesen sido puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, o civiles que hubiesen sido detenidos por actos emanados de tribunales militares.
Ley 24441: “Ley de desaparición Forzada de personas”: Beneficio extraordinario que podrán percibir mediante sus causahabientes las personas en tal situación en el momento de la promulgación de esta ley (28-12-94).
Ley 25914: Establece beneficios para nacidos durante la privación de la libertad de sus madres o menores que hubiesen permanecido detenidos con relación a sus padres (si cualquiera de éstos hubiese estado detenido y/o desaparecido por cuestiones políticas a disposición del PEN y/o tribunales militares).
Com. A 4662
En relación a las repatriaciones de Inversión directa la Com. A -4662 establece que:
REPATRIACION DE INVERSION DIRECTA
Conceptos:
En estos 4 casos citados se admite el acceso al MULC por parte del residente que debe efectuar la transferencia al no residente bajo el código de concepto: “repatriación de Inversiones directas de no residentes”.
Vale destacar que no establece un límite para repatriar bajo este concepto.
Para los casos de reducción de capital o devolución de aporte irrevocable se deberá contar como mínimo con:
REPATRIACION DE INVERSION DE PORTAFOLIO:
Compra de billetes, cheques y cheques del viajero en Moneda Extranjera:
Cobro en billetes en ME.
Acreditación de los fondos en una cuenta local en ME a su nombre.
Retransferencia de los fondos a una cuenta propia en el exterior.
En estos casos no se requerirán boletos de cambio.
Acceda a esta comunicación haciendo click aquí
Subir23-05-2007 Com. A 4672
Acceda a esta comunicación haciendo click aquí
Subir23-05-2007 Com. A 4669
Con vigencia a partir del 21/5 y hasta el próximo 31/12, los residentes jurídicos excluído sector financiero, podrán adicionalmente a los límites establecidos en la Com. A-3722 y complementarias, atesorar en el exterior, en la medida que dichos fondos sean aplicados dentro de los 360 días corridos de la fecha de acceso al MULC, al pago a no residentes de importaciones de bienes, utilidades y dividendos (no anticipadas) e inversiones directas argentinas en el exterior (punto I.1).
Este atesoramiento adicional está sujeto a los límites que en cada caso establece el punto I.2 de la norma, y en el caso de importaciones es sin límite ; y a tal efecto, se solicitará una DDJJ
Los fondos atesorados para aplicar al pago de utilidades y dividendos e inversiones directas, no pueden ser fondeados con endeudamiento financiero con el exterior; y para ello se entenderá que se cumple con esta condición, cuando no se registren ingresos en el MULC de préstamos (exluídos los otorgados por Organismos Internacionales) dentro de los 60 días corridos anteriores y 30 posteriores a la fecha del atesoramiento (punto I.3).
Para hacer efectiva la aplicación de los fondos atesorados (dentro de los 360 días corridos), el cliente deberá presentar la documentación respaldatoria correspondiente al concepto por el cual se formaron dichos activos externos, a fin de corroborar el encuadre normativo al concepto pagado al acreedor externo (punto I.4).
La norma prevee un mecanismo de seguimiento (punto I.5), a través de la entidad designada mediante carta de práctica a ser presentada en el BCRA (punto I.6), como así también la emisión de certificaciones a otras entidades (punto I.7).
El BCRA proporcionará los códigos de conceptos a utilizar al momento del atesoramiento (punto I.8) y de su aplicación (punto I.9), exceptuados del Dto. 616/2005 (encaje del 30 %).
Los fondos no aplicados deberán ser ingresados dentro de los 20 días hábiles siguientes contados desde la fecha de vencimiento (punto I.10), bajo el concepto de "repatriación de inversiones de residentes" (código 457) y alcanzado por el Dto. 616/2005.
La modificación de destino o la ampliación del plazo para aplicar, requiere la conformidad del BCRA mediante expediente.
El punto IV exceptúa de la conformidad previa del BCRA, las operaciones de inversiones directas en el exterior en actividades productivas de bienes y servicios no financieros que realicen empresas residentes en el país, en la medida que se atesoren bajo la presente norma, y cumplan con las condiciones del punto I.3, y hayan sido informadas al BCRA antes de los 20 días hábiles de atesorados.
Acceda al texto completo de la Comunicación A 4669 haciendo click aquí
Subir16-05-2007 Regulaciones vigentes en materia de comercio exterior y cambios
Acceda al documento sobre regulaciones vigentes en materia de comercio exterior y cambios haciendo click aquí
Subir03-05-2007 Banco Francés, expositor y sponsor del Encuentro Comex. El mundo del comercio exterior en Buenos Aires
La exposición Expo-Comex 2007 se llevará a cabo entre el 9 y el 11 de octubre en Centro Costa Salguero.
Banco Francés será sponsor del Encuentro Comex, donde los visitantes se podrán reunir con representantes de las oficinas comerciales de embajadas extranjeras y de cámaras de comercio bilaterales.
El objetivo es generar una plataforma para la interacción de las partes que integran el comercio internacional, de manera de generar oportunidades de negocios.
Con la meta de abrir el camino para que compradores y vendedores argentinos lleguen al mercado global, la Exposición Internacional de Productos y Servicios para el Comercio Exterior Expo Comex llevará a cabo su 52° edición. La feria, organizada por Expotrade y que tendrá lugar del 9 al 11 de octubre en el Centro Costa Salguero, año a año viene creciendo, y ya se consolidó en el mercado como referente absoluto para el empresariado que busca soluciones para la entrada y salida de mercaderías en el país. Para la edición 2007 se prevé la participación de 350 expositores en una superficie de 23.000 m2, y más de 18.000 visitantes.
Durante la muestra se reeditará el denominado Encuentro Comex, un espacio para que el visitante se reúna con los representantes de las oficinas comerciales de las embajadas extranjeras en la Argentina y las cámaras de comercio bilaterales.
El objetivo es generar una plataforma para la interacción de las partes que integran el comercio internacional, de manera que puedan generarse oportunidades de negocios. BBVA Banco Francés, como operador de comercio exterior, será nuevamente sponsor del Encuentro, además de expositor en la muestra.
Desde Expotrade se precisó que los hombres de negocios inscriptos para establecer contactos superaron ampliamente las expectativas, que muchos de ellos dieron en esta ocasión sus primeros pasos en materia de comercio exterior, y que hubo un interés equilibrado entre exportaciones e importaciones. En cuanto a las oficinas más requeridas, se informó que fueron las de los Estados Unidos, Rusia, China y Alemania, mientras que entre las latinoamericanas se destacaron las de Brasil y México. A la vez, sorprendió gratamente la demanda por representaciones menos tradicionales, como Arabia Saudita y Croacia.
En esta oportunidad Expo Comex se internacionaliza, ya que contará por primera vez con el sponsor Login, nueva empresa de logística de la Companhia Vale do Río Doce, que entra fortalecida al mercado argentino.
Además, en la próxima edición se ampliará el perfil de los expositores: cada vez más agencias marítimas, armadores, nvoccs, operadores de terminales de carga, puertos internacionales y servicios de comercio exterior en general, encontrarán en la expo la oportunidad comercial de presentarse y mostrarse en el mercado ante miles de visitantes.
Subir26-04-2007 Com. A 4643: Nuevos plazos para el ingreso y liquidación en el MULC de Préstamos
Con anterioridad al 23-03-07 los préstamos tenían un plazo de ingreso al MULC de 30 días corridos desde su desembolso en el exterior, ó hasta 90 días corridos para desembolsos superiores a u$s 50 millones. (Com. A- 4321). A partir del 23-03-07 se amplió el plazo de ingreso y liquidación de financiaciones del exterior a 365 días corridos, incluyendo aquellas que estuviesen pendientes de liquidación y vigentes a la fecha mencionada. (Com. A-4643). Aclaración: Se permiten liquidaciones de ingresos parciales.
Subir24-04-2007 Resolución 2161
Resolución 2161: La AFIP ha incorporado a su página Web titulada “Habilitación de nuevos motivos de liquidaciones aduaneras (LMAN) para el pago mediante Volante Electrónico de Pago (VEP). Subir20-04-2007 Pagos vista y contados de importación. Punto 8 Com. A4605
Estimado Cliente Importador:
Tenga en consideración que en caso de que usted no pudiese presentar el despacho de importación (o bien el valor del mismo fuese menor al monto del pago anticipado o vista) para demostrar la nacionalización de la mercadería estaría exceptuado de la obligación de reingreso de los fondos si:
10-04-2007 Código 113 “Cobros de exportaciones embarcadas, con permiso de embarque definitivo pendiente”
Estimado Cliente Exportador:
Se le recuerda la posibilidad de utilizar el código de concepto 113 para liquidar cobros de exportación embarcadas, con permiso de embarque definitivo pendiente”.
Para poder utilizar el mismo será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Usted deberá presentar:
Una vez concertado el cambio para la liquidación deberá presentar ante la entidad el permiso de embarque definitivo en un plazo de 60 días corridos contados desde la fecha antes mencionada junto a la restante documentación necesaria para cursar operaciones bajo el código 101 “cobro de exportaciones”
Tener en consideración que a los fines de informar el cumplido de ingreso de divisas o emitir la correspondiente certificación por el ingreso usted debió haber dado cumplimiento a la presentación del permiso de embarque definitivo.
En caso de falta de presentación de la documentación la entidad dará informe al BCRA.
27-03-2007 Seminario "El conocimiento aplicado a los Negocios Internacionales"
El BBVA Banco Francés y la Universidad del Salvador lanzan una nueva edición de los seminarios CoMex dirigida a gerentes financieros y encargados de comercio internacional de distintas empresas. En esta oportunidad, el tema elegido para el seminario es "El conocimiento aplicado a los Negocios Internacionales".
Subir16-03-2007 Recordatorio vencimiento COM A 3602
Com A 3602 – “Relevamiento de emisiones de títulos y de otras obligaciones externas del sector privado financiero y no financiero”.
Les recordamos que el día 23-06-07 es el último día en el que serán aceptadas validaciones de deuda correspondientes al período Septiembre 06. A partir del 26-03-06 corresponderá presentar para efectuar giros al exterior los certificados de validación de deuda para el período Diciembre 06.
Subir16-03-2007 Recordatorio vencimiento COM A 4237
Com A 4237: A partir del 3-04-06 es exigible el certificado correspondiente al 30 de Diciembre del 2006.
Subir05-03-2007 Com A 4633: Modificaciones a la Com. A 4554
Com A 4633: Modificaciones a la Com. A 4554
Subir05-03-2007 Com A 4632: Modificaciones a la Com. A 4447
Com A 4632: Modificaciones a la Com. A 4447
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