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MAPFRE Argentina Seguros S.A.

  • "A" Responsabilidad Civil – “Póliza Uno”  
       - Responsabilidad Civil Limitada hasta $ 3.000.000 (1)
         Esta cobertura es la mínima obligatoria para poder circular dentro del territorio de la República Argentina.

     

    (1) Esta cobertura comprende la indemnización por los daños que el vehículo asegurado o un conductor autorizado por éste, le pudiesen ocasionar a un tercero (a), causado por el vehículo asegurado o por la carga que transporte en condiciones reglamentarias.
    (a) Se excluye al cónyuge y a los familiares del asegurado o del conductor hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.

  • "B" Terceros Totales – “Póliza Básica” 
     
    - Responsabilidad Civil Limitada hasta $ 3.000.000.
      - Robo y /o Hurto Total.
      - Incendio Total.
  • "C" Terceros Completos – “Póliza Clásica” / “Terceros Completos” / “Póliza 10 (**)” / “Póliza 0 Km (**)”.
     
    - Responsabilidad Civil limitada hasta $ 3.000.000.
      - Robo y /o Hurto Total y Parcial.
      - Incendio Total y /o Parcial.
      - Destrucción Total por Accidente.
  • "D2" Todo Riesgo con Fcia Fija – “Todo Auto (**)”
     
    - Responsabilidad Civil hasta $ 3.000.000
      - Robo y /o Hurto Total y Parcial.
      - Incendio Total y Parcial sin Franquicia.
      - Daños parciales por Accidente con franquicia fija de $ 1.500 para vehículos Nacionales, $ 2.500 para vehículos Importados y $ 2.500 para vehículos del tipo 4 x 4
      - Destrucción total por Accidente.
  • "D" – Todo Riesgo sin Fcia – “Top Class (*)”
      - Responsabilidad Civil hasta $ 3.000.000
      - Robo y /o Hurto Total y Parcial.
      - Incendio total y Parcial.
      - Destrucción Total y Parcial por Accidente sin Franquicia.

(*)Cobertura exclusiva para vehículos tipo automóviles, pick up clase A y 4x4 de uso exclusivamente particular, con una antigüedad máxima de 5 años y suma asegurada superior a $ 40.000.

(**) Opcional de Granizo: Estas pólizas podrán contar con una cobertura adicional de “daños parciales” como consecuencia de granizo.
Límite de $ 2.500 por año de vigencia. Deducible (a cargo del asegurado) $ 500.
Prima adicional: $ 200 por año. Este cobertura adicional la contrata el asegurado directamente con la Cía. de seguros.